- "Creditor" ... ("Acreedor")
Pronunciación:
/ˈkrɛdɪtə/
De
pequeñito me hicieron aprender el Padrenuestro (“Lord’s Prayer” o “Our
Father”) en el que se decía eso de “perdónanos nuestras deudas así como
nosotros perdonamos a nuestros deudores” en la versión antigua. Desde entonces
yo siempre perdono a quien tiene deudas (“debts”) conmigo, pero el banco
sigue sin perdonarme la hipoteca (“mortgage loan”). Imagino que soy
mejor cristiano que ellos.
Por
definición la persona que debe dinero es un deudor (“debtor”), y la
persona que le presta el dinero es el acreedor (“creditor”). La clave
del negocio es que el “debtor” en algún momento debe de devolver (“to
pay back”) el dinero prestado al “creditor”, o este se puede enfadar y
acabar mandándole al cobrador del frac (“debt collector”) o a una banda
de mafiosos de esos que te hacen un masaje de espalda con la llave inglesa del
ocho. Para no correr riesgos, lo normal es que el “creditor” se informe de la solvencia (“creditworthiness”)
del “debtor” para no arriesgarse a
acabar perdiendo dinero por falta de pago.
En
España, que somos mucho de concursos, juegos y cosas de esas, tenemos el
“concurso de acreedores” (“state of insolvency”) que consiste en reunir
a la gente a la que uno le debe dinero tras una quiebra para repartirse sus
bienes como si de aguiluchos carroñeros se tratara alimentándose del deudor
caído.
Ejemplo de uso: “A
creditor of the partnership may therefore sue any partner for the full amount
of the debt.” (“Un acreedor de la sociedad puede, por consiguiente, demandar a
cualquiera de los socios por el total de la deuda.”)
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